Solicitud y Justificación del Kit Digital

Solicitud

La solicitud Kit Digital se ejecuta a través de Internet (Oficina Virtual). No se pueden imprimir los formularios, rellenarlos y enviarlos por correo, todo es de manera digital. Cada beneficiario debe disponer de un certificado electrónico para realizar los trámites.

Información adicional importante sobre la solicitud el Kit Digital:

  • Las solicitudes pueden ser realizadas por el solicitante, un representante legal o un representante voluntario que tenga la autorización requerida y se presentarán a través de un formulario automatizado.
  • Una solicitud puede ser modificada y corregida si no ha sido firmada o presentada.
  • También puedes retirar una solicitud en cualquier momento (antes de que sea validada).
  • Lo que cuenta es el orden de presentación de las solicitudes y la disponibilidad del presupuesto (además de los requisitos)
  • La documentación de la solicitud debe presentarse en castellano y todos los ficheros adjuntos deberán ser copias digitalizadas de los originales firmadas por el representante legal de la entidad con certificado digital válido y deberán presentarse por el representante legal de la entidad debidamente apoderado.
  • Una vez enviada la solicitud y dependiendo del caso, el Órgano Instructor te comunicará la resolución en un plazo de 15 días desde la solicitud a través de una notificación individualizada.
  • Para el primer segmento (entre 10 y 49 empleados), tienes 6 meses para hacer la solicitud. En este caso, a partir del 15 de marzo de 2022, a las 11:00.

2 fases principales en la aplicación de la solución:

    • Una vez validado el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, tienes 3 meses para implantar la solución (y pagar la factura emitida por el Agente Digitalizador)
    • La segunda fase comienza cuando se recibe la factura, por un periodo de 12 meses.

Justificación

La comprobación se realizará sobre la documentación justificativa aportada por el Agente Digitalizador Adherido, en nombre del beneficiario, según se establece en los artículos 31 y 32 de las Bases Reguladoras y el apartado decimoprimero de la presente Convocatoria.

Hay 2 fases en la justificación de las soluciones aplicadas del Kit Digital:

  • Primera fase de justificación, que se compondrá de una memoria que se corresponderá con el formulario digital prestablecido y con la documentación pertinente.
  • Segunda fase de justificación, que se compondrá de una memoria que se corresponderá con el formulario digital preestablecido y que incluirá la misma documentación exigible para la primera fase, en su caso actualizada, exceptuando la factura emitida por el Agente Digitalizador Adherido y la documentación acreditativa del abono de esta.

El plazo será de 3 meses para cada una de las fases de prestación de la solución, una vez haya finalizado la ejecución de estas.

Para más información sobre el Kit Digital, no dudes en contactarnos. En IDR Consulting estamos a tu disposición para responder cualquier duda o consulta.

Llámanos u organiza una reunión informativa con nosotros!

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